Gestor/a Administrativo/a (Asistente legal) – MGAP – Dirección General de Secretaría

Empleo en MGAP
Descripción

Llamado: 0139/2023

Tipo de Vínculo: Provisoriato

Nombre del puesto: Asistente Legal. Ocup. de Ref. Gestor/a Administrativo

Período de postulación: 01/12/2023 – 18/12/2023

Tipo de Tarea: Especializado

Estado: Abierto

Retribución: $ 38.628,21 nominales a valores enero 2023

Carga horaria: 40 horas semanales de labor.

Lugar de desempeño: Oficina central del Instituto Nacional de Bienestar Animal, sito en la calle Uruguay 1016 1er. Piso, Departamento de Montevideo.

Tiempo de contratación: 12 meses en carácter Provisorio. Transcurrido dicho plazo y previa evaluación, el funcionario/a quedará designado de forma definitiva en el cargo presupuestal correspondiente. (Artículo 5 de la Ley N°19.996 de 3 de noviembre de 2021).

Organismo y Cantidad de Puestos Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca – Dirección General de Secretaría. 1 Puesto(s)

Otras condiciones de trabajo:

Escalafón: D
Grado: 1
Denominación: Especialista XIII
Serie: Especializado

– Disponibilidad para trasladarse a distintas zonas del interior del País.

– Disponibilidad de extender el horario habitual, cuando las circunstancias del servicio lo ameriten.

Requisitos excluyentes:

Estudiante de la carrera de Abogacía con 1er. año finalizado, o su equivalente en créditos, impartida por la Universidad de la República, o su equivalente en instituciones reconocidas por autoridad competente.

Incompatibilidades

Previo a la suscripción de la designación inicial, la persona seleccionada deberá completar y signar declaración jurada en relación a:

A- Incompatibilidades

1) Mantener vigente otros vínculos con la Administración Pública, excepto aquellos que admitan su acumulación con otros cargos o funciones en virtud de norma jurídica expresa.

2) Percibir pasividad, retiro ni subsidio proveniente de actividad pública generada por sí mismo, excepto que se suspenda su percepción o que una norma legal habilite el cobro de ambas remuneraciones.

B- Prohibiciones

1) Haber sido desvinculado, mediante resolución firme, por la comisión de falta grave administrativa o incumplimiento de sus obligaciones, sea como funcionario público o bajo cualquier otra modalidad de vinculación (Ley N.º 18.172, art. 4 de fecha 31 de agosto de 2007, en la redacción dada por el artículo 10 de la Ley Nº19.149 de 24 de octubre de 2013).

2) Existencia de inhabilitación como consecuencia de sentencia penal ejecutoriada.

3) Haberse acogido al régimen de retiro incentivado regulado por el artículo 10 la Ley N.º 17.556 de fecha 18 de setiembre de 2002, en la redacción dada por el artículo 1 de la Ley N.º 17.672 de 16 de julio de 2003; ni al establecido por el art. 29 de la Ley N.º 17.930 de fecha 19 de diciembre de 2005, en la redacción dada por el artículo 9 de la Ley N.º 18.172 de 31 de agosto de 2007.

 

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